Hay dos maneras de traer a un niño adoptado a los Estados Unidos a través del proceso de inmigración. Usted puede solicitar a un niño ya sea como huérfano o como no huérfano.

 

En primerlugar, puede traer a un niño a los Estados Unidos si el niño es un niño adoptado no huérfano. Los criterios para este proceso son los siguientes:

  1. La orden legal de adopción debe ser de un tribunal u otra entidad gubernamental y que el proceso de adopción debe finalizar antes de que el niño tenga dieciséis años.
  2. Usted debe haber vivido con su hijo adoptado fuera de los Estados Unidos, y el niño debe haber estado bajo su custodia legal, por lo menos dos años.

 

Si cumple con los requisitos, puede presentar una Petición de Petición de Familiar Extranjero (Petición I-130). Usted puede recibir un aviso para presentarse a su oficina de USCIS más cercana para presentar documentos o información adicional. Si la petición es aprobada, entonces la embajada o consulado de los Estados Unidos puede emitir una visa de inmigrante en nombre de su hijo adoptado.

 

En segundolugar, puede traer a un niño a los Estados Unidos si el niño es un niño huérfano adoptado. Existen ligeras diferencias entre los países que participan en el Convenio de La Haya y los países que no participan en el Convenio de La Haya. El Convenio de La Haya es un tratado internacional destinado a proteger a los niños adoptados internacionalmente. Si un país pertenece a la Convención de La Haya, entonces el país debe establecer leyes para supervisar la adopción internacional y adherirse al tratado. Los criterios para este proceso son los siguientes:

 

Traer a un niño adoptado a los EE. UU. De un país de la Convención de La Haya

  • Usted debe ser un ciudadano de los Estados Unidos;
  • Si no está casado, debe tener al menos 25 años de edad;
  • Si usted está casado, entonces usted y su cónyuge deben pasar por la adopción y los procedimientos de inmigración conjuntamente;
  • Además, si el niño vive en un país que sigue la Convención de La Haya, entonces usted debe seguir reglas adicionales; y
  • Usted y todos los miembros del hogar deben someterse a una verificación de antecedentes penales y habrá un "estudio en el hogar" realizado por un proveedor de servicios de adopción autorizado. A todos los miembros del hogar se les deben tomar las huellas dactilares y se les debe realizar su biometría.

Si desea traer a un niño huérfano adoptado a los Estados Unidos desde un país de la Convención de La Haya, primero debe presentar un Formulario I-800A, con el estudio en el hogar. Si USCIS aprueba su I-800A y si cumple con los requisitos, entonces puede presentar una Petición (Formulario I-800) para Pariente Extranjero. La presentación de la I-800 debe hacerse antes de que el niño cumpla 16 años (con algunas excepciones). Si la petición es aprobada, la embajada o consulado de los Estados Unidos puede emitir una visa de inmigrante a su hijo adoptado.

Traer a un huérfano adoptado a los EE. UU. desde un país que no es del Convenio de La Haya

  • Usted debe ser un ciudadano de los Estados Unidos;
  • Si no está casado, debe tener al menos 25 años de edad;
  • Si usted está casado, entonces usted y su cónyuge deben pasar por la adopción y los procedimientos de inmigración juntos; y
  • Usted y todos los miembros del hogar deben someterse a una verificación de antecedentes penales y habrá un "estudio en el hogar" realizado por un proveedor de servicios de adopción autorizado. A todos los miembros del hogar se les deben tomar las huellas dactilares y se les debe realizar su biometría.

Si desea traer a un huérfano adoptado a los Estados Unidos desde un país que no es de la Convención de La Haya, primero debe presentar un Formulario I-600A, con el estudio en el hogar. Si USCIS aprueba su I-600A y si cumple con los requisitos, entonces puede presentar una Petición (Formulario I-600) para Pariente Extranjero. La presentación de la I-600 debe hacerse antes de que el niño cumpla 16 años (con algunas excepciones). Usted puede recibir un aviso para presentarse a su oficina de USCIS más cercana para presentar documentos adicionales o proporcionar información adicional. Si la petición es aprobada, la embajada o consulado de los Estados Unidos puede emitir una visa de inmigrante en nombre de su hijo adoptado.

En ambos casos de la adopción huérfana, una vez que USCIS apruebe su petición, USCIS notificará a la Embajada o consulado de los Estados Unidos para que el Departamento de Estado pueda emitir al niño una visa para venir a los Estados Unidos. Usted tiene una opción para completar la adopción en el extranjero o en Estados Unidos.

Debido a la complejidad del proceso de adopción de inmigración, siempre debe buscar un consejo de un abogado de inmigración con experiencia. No dude en llamarnos al (718) 625-0800 para programar una cita.  Cobramos $ 200 por una consulta.  Si usted retiene nuestra oficina para representarlo en su asunto de inmigración los $200 se aplicarán a nuestra cuota legal.