Básicos del Divorcio
Divorcio No Impugnado
Divorcio Impugnado
Divorcio por Publicación
Custodia Infantil
Manutención de Niños
Propiedad/Asuntos Financieros
Divorcio del Mismo Sexo
Anulación
Separación legal
Paternidad
Acuerdos Nupciales
|
Nueva York ve al matrimonio como una asociación económica. En un divorcio, no necesariamente puede ser justo para cada parte simplemente obtener la mitad de los activos que les pertenecen como pareja. La propiedad puede haber sido comprada durante el matrimonio y estar sólo en el nombre de una de las partes o una de las partes puede necesitar más de la mitad de los activos debido a las circunstancias.
El primer paso es determinar cuál propiedad está sujeta a una distribución equitativa y cuál es separada. Todos los bienes se consideran sujetos de una distribución equitativa, como empresas, bienes raíces, cuentas de jubilación y las pensiones. Sin embargo, hay varias excepciones importantes a esta regla, incluyendo las siguientes:
- Los bienes adquiridos por una de las partes antes del matrimonio;
- Los bienes adquiridos por una de las partes después de haber sido separados legalmente;
- Los bienes adquiridos por una de las partes después del comienzo de una acción de divorcio;
- Los bienes adquiridos por una de las partes a través de una herencia;
- Los bienes adquiridos a través de una acción por negligencia (como el accidente de auto o resbalones y caídas);
- Las pensiones por incapacidad (sólo el pago de incapacidad y no la parte de pensiones);
- La propiedad comprada por una de las partes a través de la venta o el intercambio de bienes por separado;
- Propiedad recibida por una de las partes como un regalo de un tercero, y
- Propiedad acordada por las partes en un acuerdo pre-nupcial o pos-nupcial a ser propiedad separada.
Propiedad que se considera por separado puede haberse convertido en propiedad conyugal durante el matrimonio si se puso a nombre de ambos o se combinaron. Por ejemplo, si el titular de una cuenta bancaria añade el nombre del cónyuge a dicha cuenta, el cónyuge puede argumentar que el dinero en esa cuenta está sujeto a una distribución equitativa. La propiedad individual también se puede convertir en propiedad matrimonial al menos en parte si su valor se incrementó debido a los esfuerzos del cónyuge cuyo nombre no está en el título. El aumento del valor estaría sujeto a una distribución equitativa. Por ejemplo, suponga que una de las partes han comprado una casa en su propio nombre antes del matrimonio, pero que, después que el matrimonio comenzó, el cónyuge contribuyó con su propio dinero para renovar la cocina. El cónyuge puede argumentar que el incremento del valor de la casa por hacer la renovación está sujeta a una distribución equitativa.
Una vez que las partes acuerden o, en ausencia de tal acuerdo, el tribunal determine que la propiedad está sujeta a la distribución equitativa, las partes podrán acordar o, en ausencia de tal acuerdo, el tribunal determinará un justo reparto de la propiedad entre las partes. Entre las cosas que el tribunal tomará en consideración están las siguientes:
- Ingresos de cada parte en el momento del matrimonio;
- Ingresos de cada parte en el comienzo de la acción de divorcio;
- Propiedad de cada parte en el momento del matrimonio;
- Propiedad de cada parte en el comienzo de la acción de divorcio;
- Duración del matrimonio;
- Edad de cada parte;
- Salud de cada parte;
- Necesidad de la parte custodial de ocupar o poseer la residencia conyugal;
- Necesidad de la parte custodial de usar o poseer los efectos del hogar;
- Pérdida de los derechos de herencia en caso de disolución del matrimonio a partir de la fecha de disolución;
- Pérdida de los derechos de pensión en caso de disolución a partir de la fecha de disolución;
- Cualquier adjudicación de mantenimiento (anteriormente conocida como pensión alimenticia);
- Reclamos equitativos o interés en la contribución directa o indirecta a la adquisición de los bienes conyugales por la parte que no tiene el título, incluyendo:
(a) Esfuerzos combinados ;
(b) Gastos;
(c) Contribuciones como cónyuge, padre, trabajador asalariado o ama de casa y de la carrera o el potencial de la carrera de la otra parte;
- El carácter líquido o no líquido de todos los bienes matrimoniales;
- Probables circunstancias financieras futuras de cada parte;
- Imposibilidad o dificultad de evaluar un activo o interés en un negocio, corporación o profesión;
- Los deseos de mantener el activo o interés en el negocio, corporación o profesión libre de cualquier reclamo o la interferencia por la otra parte;
- Las consecuencias de impuestos para cada parte;
- El malgasto de los bienes por cualquiera de los cónyuges;
- Toda transferencia o gravámen realizados en la contemplación de una acción matrimonial sin consideración justa;
- Seguro de Salud de las partes; y
- Otros factores que el tribunal encuentre expresamente ser justa y adecuada.
Esta sección proporciona una idea general de la ley en Nueva York sobre cómo la propiedad es dividida en un divorcio. A menudo, la decisión del tribunal será guiada por los hechos únicos del caso ante ella.
Si usted está considerando el divorcio, llámenos al (718) 625-0800 para programar una consulta gratuita. Durante la consulta libre, le informaremos de sus opciones y nuestros honorarios.
|