Abogado de divorcios
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Acuerdos Nupciales

Un acuerdo alcanzado antes del matrimonio con respecto a cómo las propiedades y las cuestiones financieras se resolverán en caso de una separación, el divorcio o la muerte se llama un acuerdo prenupcial o simplemente un prenup. Si el acuerdo se hace después del matrimonio, pero antes del inicio de una acción de divorcio, se le llama un acuerdo posnupcial o un postnup. En cualquier caso, si se hace correctamente, el acuerdo prenupcial o posnupcial será un contrato jurídicamente ejecutable que puede salvar a los activos de las reclamaciones formuladas por el otro cónyuge.  

Una pareja entrará en un acuerdo prenupcial cuando uno o ambos de ellos tienen un activo a proteger. El activo puede ser cualquier cosa, incluso una empresa, título profesional, bienes raíces, acciones, bonos, cuentas bancarias, de patentes, o derechos de autor. En el caso de muerte, en virtud de la ley de Nueva York, un cónyuge tiene derecho a un porcentaje determinado de los bienes del otro cónyuge. Esto no se puede cambiar simplemente por escribir un testamento, diciendo que el cónyuge no recibe nada. Sin embargo, en un acuerdo prenupcial o posnupcial, un cónyuge puede renunciar a los derechos de la propiedad del otro cónyuge en el caso de la muerte.  

Un acuerdo prenupcial o posnupcial también es útil cuando una de las partes tiene una gran cantidad de deudas. El acuerdo puede afirmar claramente que el otro cónyuge no es responsable de las deudas del cónyuge deudor. Acuerdos prematrimoniales y posnupciales también son útiles cuando la pareja ya tiene hijos de otras relaciones y desea asegurarse de que los activos están protegidos para los niños en caso de separación, divorcio o muerte.  

Normalmente, una pareja entra en un acuerdo posnupcial, bien cuando se dan cuenta de que deberían haber entrado en un acuerdo prenupcial o cuando anticipan que el matrimonio puede terminar en divorcio y desean llegar a un acuerdo en cuanto a la división de los bienes en ese evento.  

Para que sea válido y ejecutable, el acuerdo prenupcial o posnupcial debe cumplir los siguientes criterios: 

      • Ser por escrito;
      • Incluir la divulgación completa de los activos y las deudas;
      • Ser justo cuando se entró en él;
      • Tener firmas notarizadas;
      • No estar en contra de las políticas públicas (por ejemplo, una de las partes no puede estar de acuerdo en renunciar a la manutención de niños)

Además de los requisitos anteriores, se recomienda encarecidamente que cada partido esté representado por un abogado independiente o de su propia selección. Si esto no se hace, el cónyuge no representado más tarde puede tener éxito en invalidar el acuerdo diciendo que él o ella no entendía lo que él o ella estaba acordando.  

Nuestra tarifa para preparar un acuerdo prenupcial o posnupcial es de $750. Nuestra tasa para revisar dicho acuerdo es de $500. Llámenos al (718) 625-0800 para planear una consulta gratuita.


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Según la ley de Nueva York esta pagina de Internet esta considerada publicidad de abogado.